ÍNDICE
1.Clérigos célibes................................................................................1
1.1 Historia breve del celibato clerical..............................................2
1.2.Datos relevantes relacionados con el celibato clerical:...........2
1.3 El C. Vaticano II (1962-1965) y el papa Pablo VI........................3
1.4 Dos sucesos importantes............................................................4
1.5 Después de Pablo VI.....................................................................4
1.6 Cuestiones colaterales.................................................................5
Aclarando conceptos: Hay cinco conceptos relacionados que se suelen confundir: lacastidad, la virginidad, la vocación virginal, el celibato y el celibato sacerdotal.
1. La castidad: A) Es la abstinencia de todo goce sexual, implica la renuncia voluntaria a la actividad sexual, ya sea de forma temporal o permanente. B) Es la práctica de la sexualidad dentro de los límites considerados morales; para los casados es
vivir de acuerdo con su estado matrimonial; es decir, tener relaciones sexuales solo con su cónyuge.
2. La virginidad es el estado de la persona que no ha tenido relaciones sexuales.
3. La vocación virginal es la renuncia voluntaria a las relaciones sexuales ; para canalizar toda su energía y toda su persona a su relación con Dios; esta renuncia puede hacerse en cualquier momento de la vida, sea soltero/a, viudo/a o casado/a; en caso de un matrimonio, deben estar de acuerdo los dos cónyuges.
4. El celibato, en su sentido genérico, es la condición de quien por opción no contrae matrimonio.
5. El celibato sacerdotal es cuando esta elección se hace a cambio de una dedicación total de la persona al servicio de Dios y de la comunidad por medio de la ordenación presbiteral.
Para escribir sobre la sexualidad clerical lo primero que hay que poner sobre la mesa son las diversas formas que tienen los clérigos (1) de vivir su sexualidad: hay clérigos célibes, clérigos casados, clérigos con barragana o concubina, clérigos con doble vida, clérigos pedófilos y clérigos pederastas.
1.- Clérigos célibes
Son los obispos, sacerdotes, diáconos y subdiáconos de la Iglesia Católica Apostólica de rito latino que renuncian al matrimonio. El canon 277.1 del Código de Derecho Canónico indica la finalidad del celibato: “para unirse más fácilmente a Cristo con un corazón entero y dedicarse con mayor libertad al servicio de Dios y de los hombres”. Este es el pensamiento de San Pablo:“El no casado se preocupa de las cosas del Señor, de cómo agradar al Señor. El casado se preocupa de las cosas del mundo, de agradar a su mujer; está por lo tanto dividido” (1Co. 7, 33-34).
1.1 Historia breve del celibato clerical
El judaísmo:
Entiende que hay un mandato divino: “Creced, multiplicaos y llenad la tierra”(Gén 1,28). Los hijos son la bendición del matrimonio y la esterilidad en Israel es un oprobio y señal de maldición de Yavé. El celibato no estaba contemplado en el pueblo de Israel.
El Cristianismo:
Durante algo más del primer milenio, los obispos eran autónomos. No estaban sometidos a Roma, no eran nombrados por Roma ni dependían de Roma. Cada obispo, o cada concilio regional, dictaba cuanto estimaba más conveniente para sus clérigos y fieles. Así se comprende la diversidad de opinión y de práctica existente.
La relación entre la diócesis de Roma y las demás diócesis fue un proceso dinámico, donde el Papa ejercía un primado de honor y jurisdicción, especialmente en Occidente. La centralización de la Iglesia se fue consolidando gradualmente a lo largo de los siglos hasta llegar a la situación actual, en la que el Papa tiene jurisdicción universal sobre todas las diócesis de la Iglesia Católica, lo que significa que tiene la autoridad suprema sobre todas las iglesias locales y sus obispos. Esta jurisdicción se ejerce de manera ordinaria e inmediata, lo que implica que el Papa puede intervenir directamente en cualquier diócesis cuando lo considere necesario para el bien de la Iglesia.
1.2.Datos relevantes relacionados con el celibato clerical:
Siglo I: Pedro, el primer Papa, y los apóstoles eran en su gran mayoría hombres casados. El Nuevo Testamento sugiere que, en la Iglesia primitiva, las mujeres presidían la comida eucarística celebrada en su domicilio.
Jesús ponderó el valor del celibato: “hay eunucos que se han hecho tales por amor del reino de los cielos”(Mt 19,12) A estos eunucos hoy los llamamos sacerdotes célibes.
San Pablo escribe: “es preciso que el obispo sea irreprensible, marido de una sola mujer” (ITim 3,2); lo mismo dice de los diáconos, en el versículo 12.
Siglos II y III: La mayoría de los sacerdotes eran hombres casados.
Siglo IV: El Concilio de Elvira (España. Alrededor del año 306) dio la normativa positiva más antigua sobre el celibato del clero: “Plugo prohibir totalmente a los obispos, presbíteros y diáconos o a todos los clérigos puestos en ministerio, que se
abstengan de sus cónyuges y no engendren hijos y quienquiera lo hiciere, sea apartado del honor de la clerecía” (2). “Todo sacerdote que duerma con su esposa la noche antes de decir misa perderá su trabajo” 3. Lo mismo repite el Concilio de
Cartago del año 390. El Concilio de Neocesarea (314-315) dice “no es lícito a los presbíteros casarse“.
En el Concilio de Nicea, año 325: se decreta que una vez ordenados, los sacerdotes no pueden casarse.
Concilio de Laodicea, año 325: las mujeres no pueden ser ordenadas. Esto sugiere que antes de esta fecha se realizaba la ordenación de mujeres.
Año 385: el Papa San Siricio abandona a su esposa para convertirse en Papa. Se decreta que los sacerdotes ya no pueden dormir con sus esposas.
El movimiento eremítico del siglo IV, en la figura de San Antonio Abad, tuvo una gran
influencia en el desarrollo del concepto de celibato.
Siglo VI: Año 567: El Concilio de Tours II establece que todo clérigo que sea hallado en la cama con su esposa será excomulgado por un año y reducido al estado laico. Año 580, Papa Pelagio II: Su política fue no meterse con sacerdotes casados en tanto no pasaran las propiedades de la iglesia a sus esposas o hijos.
Siglo VII: Francia: los documentos demuestran que la mayoría de los sacerdotes eran hombres casados.
Siglo VIII: San Bonifacio informa al Papa que en Alemania casi ningún obispo o sacerdote es célibe.
Siglo IX: San Ulrico, obispo, argumenta que basándose en el sentido común y la escritura, la única manera de purificar a la Iglesia de los excesos del celibato es permitir a los sacerdotes que se casen.
Siglo X: El llamado siglo negro de la Iglesia Católica Latina, la observancia de las normas canónicas sufrió una disminución, incluso el papa Juan XII tuvo un comportamiento sexual escandaloso.
Siglo XI: Año 1045: El Papa Bonifacio IX se dispensa a sí mismo del celibato y renuncia al papado para poder casarse. Año 1074: El Papa Gregorio VII dice que toda persona que desee ser ordenada debe hacer primero un voto de celibato: "Los
sacerdotes [deben] primero escapar de las garras de sus esposas". Año 1095: El Papa Urbano II hace vender a las esposas de los sacerdotes como esclavas y sus hijos son abandonados.
Siglo XII: Año 1123: Papa Calixto II: El Concilio I de Letrán aprobó definitivamente la obligatoriedad del celibato clerical y la prohibición del matrimonio clerical (cánones 3 y 21) Los Concilios de Letrán (1123 y 1139) marcaron un punto de
inflexión al prohibir el matrimonio de los clérigos y la relación con concubinas. El Concilio de Trento (1545-1563) reafirmó la obligatoriedad del celibato y lo convirtió en una característica definitoria del sacerdocio católico occidental.
Razones para el cambio:
El ejemplo de Cristo: Se argumenta que el célibe sigue el ejemplo de Cristo, quien no estaba casado.
Mayor compromiso con la Iglesia: Porque los sacerdotes se pueden dedicar por completo a su ministerio y a su rebaño.
El control de los bienes eclesiásticos. A la muerte del sacerdote, no habría herederos naturales y sus bienes irían a la Iglesia.
Siglo XIV: El Obispo Pelagio se queja porque las mujeres son aún ordenadas y administran confesiones.
Siglo XVI: El Concilio de Trento (1545 a 1563) establece que el celibato y la virginidad son superiores al matrimonio.
Siglo XX:
1930: Papa Pío XI: el sexo puede ser bueno y santo.
1951: Papa Pío XII: un pastor luterano casado es ordenado como sacerdote católico en Alemania.
1.3 El C. Vaticano II (1962-1965) y el papa Pablo VI
En la agenda del Concilio Vaticano II fue excluido el tema del celibato sacerdotal, el Papa Pablo VI se lo reservó para un estudio discreto y secreto.
En 1967, Pablo VI publicó la encíclica “Sacerdotalis caelibatus” en la que corroboraba la vigente disciplina sobre el celibato y la valoraba profusamente.
Pablo VI anhelaba la abolición del celibato obligatorio (4) ; pero, no quiso hacerlo personalmente sino que lo encomendó al 3er Sínodo de los Obispos que se celebró del 30 de septiembre al 6 de noviembre de 1971. Unos días antes del inicio del Sínodo, desde su ventana del Palacio Apostólico, el Papa se refirió al tema del celibato: “El Sínodo que está a punto de comenzar debatirá sobre el celibato del clero. Por mi parte, estoy dispuesto a que varones cristianos casados puedan acceder al sacerdocio, siempre que el Sínodo así lo acuerde”.
Es sorprendente el cambio de criterio del Papa si se compara esta última manifestación con el texto de la Sacerdotalis caelibatus.
No obstante, no quiso asumir personalmente la responsabilidad de la decisión del cambio, sino que la depositó en el 3er Sínodo de los Obispos el cual, en contra del deseo de Pablo VI, no abolió la obligatoriedad del celibato sino que echó
nuevamente sobre las espaldas del Papa el histórico cambio.
Y el Papa Montini era débil.
1.4 Dos sucesos importantes(5)
1º La guerra de Vietnam: “En la mente del Papa estaban muy presentes las terribles consecuencias de la guerra de Vietnam (1955-1975): Sacerdotes y religiosos exterminados, Monjas violadas o asesinadas, Obispos expulsados, iglesias destruidas,
fieles errantes y dispersos.
Algunos catequistas, solteros y casados, estaban dispuestos a tomar el testigo de la evangelización; pero, no estaban dispuestos a aceptar el celibato.
Pablo VI envió toda la documentación a la Congregación para la Doctrina de la Fe, esperando una adecuada solución al problema del clero en Vietnam. El tema fue debatido en la Plenaria de Cardenales que concluyó: No se puede hacer una excepción porque ello supondría romper la disciplina general en la materia. Si el Papa quiere abolir el celibato obligatorio, es su responsabilidad”.
La conclusión debió resultar muy decepcionante al Papa.
2º El caso Don Renato: “Es un joven sacerdote de Brescia, amigo del senador romano Ludovico Montini, (hermano del Papa), se había enamorado de la presidenta de las jóvenes de su parroquia y planeaban el matrimonio. También la chica era una excelente católica. Don Renato quería apurar todos los resortes con tal de no abandonar su sacerdocio. El senador escribió una carta a su hermano, con todos los detalles y pidiendo su colaboración para ayudar a su amigo Renato.
¿Qué sucedió?
Por “especial encargo del Santo Padre”, en 1973, mons. Benelli, “sustituto” de la Secretaría Papal, hizo llegar a la Congregación para la Doctrina de la Fe una carta a la que adjuntaba la carta del senador Montini.
El cardenal Franjo Seper, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, haciendo caso omiso al encargo especial del Santo Padre, habiendo acordado la improcedencia de la pretendida excepción, envió la carta del senador al archivo de la
Sección Matrimonial para que fuese unida al Expediente abierto a Don Renato para su reducción al estado laical.
Es fácil deducir que Pablo VI optaba por el celibato opcional; pero, no tuvo la valentía de implantarlo personalmente.
1.5 Después de Pablo VI
1980: El papa Juan Pablo II permitió una excepción al celibato sacerdotal permitiendo que los pastores anglicanos y episcopalianos casados, que deseaban convertirse al catolicismo, fuesen ordenados como sacerdotes católicos en los Estados Unidos; en 1994, sucede lo mismo en Canadá e Ingraterra.
1983: El Código actualmente en vigor, el de 1983, declara "Están simplemente impedidos para recibir las órdenes: “El varón casado, a no ser que sea legítimamente destinado al diaconado permanente" (6)
“Los clérigos están obligados a observar una continencia perfecta y perpetua por el Reino de los cielos y, por tanto, quedan sujetos a guardar el celibato, que es un don peculiar de Dios mediante el cual los ministros sagrados pueden unirse más fácilmente a Cristo con un corazón entero y dedicarse con mayor libertad al servicio de Dios y de los hombres”. (7)
La inmensa mayoría de los sacerdotes y religiosos de la Iglesia Católica Latina son célibes.
1993: Juan Pablo II:"El celibato no es esencial para el sacerdocio; no es una ley promulgada por Jesucristo."
Benedicto XVI: Aunque había dicho que iba a permanecer "oculto del mundo", el papa emérito «Benedicto XVI rompió su silencio para defender el celibato clerical en la Iglesia católica». En la introducción a un libro escrito junto al cardenal guineano
Robert Sarah, según extactos publicados por el diario francés Le Figaro, «insiste en que no puede quedarse callado sobre la cuestión del celibato sacerdotal».
El Papa Francisco: En una entrevista concedida, en marzo de 2017, al semanario alemán Die Zeit, afirmo que «debemos analizar si los “viri probati” (8) –hombres casados– son una posibilidad» para paliar la falta de sacerdotes.
El celibato es una disciplina de la Iglesia latina que puede ser revisada.
«(Personalmente), respeto la tradición de la Iglesia de occidente» del celibato obligatorio, y «en todo caso, un eventual cambio que lo disponga, si lo cree conveniente, el Papa que me suceda» (9).
1.6 Cuestiones colaterales
Papas casados: San Pedro, Apóstol; San Félix III (483492); San Hormidas (814-523); San Silverio (536-537); Adriano II (867872); Clemente IV (1265-1268); Félix V (1439-1449).
Papas que fueron hijos de clérigos: San Dámaso I (366-348) hijo de San Lorenzo, sacerdote; San Inocencio I (401-417) hijo de Anastasio I; Bonifacio (418-422) hijo de un sacerdote; San Félix (483-492) hijo de un sacerdote; Anastasio II (496-498) hijo de un sacerdote; San Agapito I (535-536) hijo del papa Gordiano; San Silverio (536-537) hijo de San Hormidas, papa; Marino (882-884) hijo de un sacerdote; Bonifacio VI (896-896) hijo de Adrián, obispo; Juan XI (931-935) hijo del Papa Sergio III; Juan XV (989-996) hijo de León, sacerdote.
Papas que tuvieron hijos después del año 1139: Inocencio VIII (1484-1492); Alejandro VI (1492-1503); Julio (1503-1513); Pablo III (1534-1549); Pío IV (1559-1565); Gregorio XIII (1572-1585).
Se ha escrito mucho sobre el celibato; tanto que, exponerlo, sobrepasa la intención de este artículo.
CITAS
1 El clérigo puede pertenecer tanto al clero secular como al regular
2 Concilio de Elvira. Canon 33
3 Idem, canon 43
4 https://www.religiondigital.org › Celibato-opcional-opcion de Pablo VI
5 Tomados del artículo “Celibato opcional, la opción de Pablo VI, Religión digital, 25 mar 2010
6 CIC canon 1042.1
7 CIC canon 277.1
8 ¿Qué son los “viri probati? Son los hombres casados “de probada virtud”, que son ordenados sacerdotes.
9 Es la misma postura que Pablo VI: Admite que el celibato sacerdotal obligatorio puede ser revisado; pero él personalmente no se compromete a revisarlo. Parece que los Papas no quieren pasar a la Historia como “el Papa que suprimió la obligatoriedad del celibato sacerdotal”.
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